Objeto de la convocatoria:La presente Convocatoria tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, por parte de la Diputación Provincial de Jaén, para el fomento del Empleo Autónomo en los 91 municipios de la provincia de Jaén que cuentan con menos de 20.000 habitantes, cuya relación se recoge en el artículo 6 de esta Convocatoria.
Referencia: 617204
Publicación oficial: 28/03/2022
Fecha inicio convocatoria: 29/03/2022
Fecha fin convocatoria: 27/04/2022
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén
Beneficiarios: Tendrán la condición de beneficiarios/as de estas subvenciones las personas físicas que promuevan proyectos empresariales
Cuantía de la ayuda: La subvención por beneficiario será de un importe cierto de dos mil novecientos noventa euros (2.990 euros).
Las subvenciones previstas en estas normas reguladoras están dotadas con un presupuesto de quinientos noventa y ocho mil euros (598.000,00 euros), lo que supone un total de 200 subvenciones, que se distribuirán por municipios de acuerdo al criterio poblacional establecido en el art. 6.
Actividades subvencionables:
- Alquiler de local o establecimiento donde se desarrolle la actividad durante los meses comprendidos en el período subvencionable. En ningún caso se abonarán fianzas o derivados de las mismas.
- Gastos en publicidad.
- Gastos de prestación de servicios de asesoría laboral, contable y fiscal.
- Alta de colegialización hasta un máximo de 1.000,00 euros.
- Gastos del suministro eléctrico del local o establecimiento donde se desarrolle la actividad.
- Gastos de material fungible necesario para la realización de la actividad derivados de las medidas de higiene y prevención como consecuencia del COVID-19. (gastos de EPIS, facturas del servicio de prevención de riesgos laborales, etc.).
- Gastos de prevención de riesgos laborales.
- Licencias municipales obligatorias para la realización de la actividad.
- Para el caso de emprendedores digitales serán subvencionables los gastos derivados del pago de suscripciones periódicas a aplicaciones informáticas hasta un máximo de 1.000,00 euros.
b) No haber ejercido una actividad económica en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los doce meses anteriores al alta a la que se refiere el punto a). La fecha del alta en la actividad económica deberá coincidir con la de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con un margen de 30 días.
c) Estar empadronado, con una antigüedad de al menos 3 meses anteriores a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Jaén (BOP) de esta Convocatoria, en alguno de los 91 municipios de la provincia de Jaén con menos de 20.000 habitantes, relacionados en el artículo 6.
d) No haber sido beneficiario/a de subvención en el marco de anteriores convocatorias del Plan de Empleo de la provincia de Jaén, destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo.
Solicitud:https://sede.dipujaen.es/