¿Qué dudas tienen las pymes y autónomos en materia jurídica?

A la hora de lanzarse al apasionante mundo de los negocios, surgen bastantes dudas, sobre todo relacionadas con el campo jurídico. Según reflejan algunos estudios, más del 30 por ciento de estas cuestiones tratan del funcionamiento de las sociedades, los contratos mercantiles, propiedad intelectual o la protección de datos. Lo ideal es que el empresario se deje asesorar en sus inicios por un profesional, para cometer el mínimo de errores posibles y que todo marche lo mejor posible. De este modo, el asesoramiento jurídico para pequeñas y medianas empresas, y autónomos, debe acompañar la vida del negocio desde su creación hasta su liquidación.

Forma jurídica
Son muchos los temas que requieren la intervención y orientación de un profesional en esta materia dentro de una empresa; según Antonio M. Molina Pardo, abogado, fundador y director de AMP Abogados y Asociados, “la forma jurídica más apropiada para emprender” es una de las preguntas más recurrentes por parte de este colectivo. Molina afirma que esta cuestión “no tiene una fácil respuesta, ya que desde el punto de vista estrictamente jurídico, una sociedad limitada siempre supone un plus de protección para el empresario, en el caso de que el negocio no llegue a buen puerto. Pero la realidad, es que se suele empezar como autónomo, sobre todo por las facilidades fiscales al empezar y posteriormente, cuando el negocio va despegando, pasan a una forma societaria”.

De este modo, establecer la forma jurídica con la que decidas comenzar tu negocio es uno de los aspectos más relevantes a la hora de dar forma a tu empresa, así como “tener claro cuál es tu nicho de mercado, ya que haciendo un bueno trabajo, puede haber clientes para todos, pero es muy importante definir quién queremos que sea nuestro público”, apunta Molina, de AMP Abogados.

Protección de datos
Por otro lado, un tema muy de actualidad -y que genera muchas dudas entre los empresarios- es la protección de datos. El Reglamento General de Protección de Datos (GDPR), la nueva norma de privacidad que comenzará a aplicarse en mayo de este año en todos los estados de la Unión Europea, impone a determinadas empresas la obligación de contar con lo que se ha bautizado como delegado de protección de datos. A partir de aquí, los empresarios se preguntan si en su compañía será necesaria la incorporación de esta figura profesional; el despacho Linaza Mochón Abogados aclara que “el Delegado de Protección de Datos (DPD) constituye una figura propia de la evolución normativa del Derecho de las Nuevas Tecnologías —más particularmente, del Derecho de Protección de Datos de Carácter Personal—, que se personaliza en un profesional (ya sea trabajador de la empresa o profesional externo), con conocimientos jurídicos y con conocimientos específicos en la materia de la protección de datos”. Las funciones de este cargo se resumen en la “supervisión del tratamiento de los datos personales en el ámbito de actuación propio de la empresa, de modo que siempre esté monitorizado y asegurado el adecuado cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), de ámbito europeo y de obligado cumplimiento a partir del próximo 25 de mayo”.

Aún existen muchas lagunas en relación a este tema, tal y como explica Asier de Linaza, uno de los socios del despacho Linaza Mochón Abogados: “a pesar de la ambigüedad e inconcreción con que nos encontramos a escasos cuatro meses de la obligatoriedad del Reglamento General de Protección de Datos, sí podemos extraer del anteproyecto de la LOPD un listado de las organizaciones que, con toda probabilidad, habrán de contar con un Delegado de Protección de Datos (DPD):

– Los colegios profesionales y sus consejos generales.

– Los centros de enseñanza.

– Las entidades que realicen explotaciones de redes y proporcionen servicios relacionados con las comunicaciones electrónicas.

– Las organizaciones que presten servicios asociados a la sociedad de la información.

– Las entidades crediticias.

– Los establecimientos financieros crediticios.

– Las compañías de seguros y reaseguros.

– Las entidades que se encargan de gestionar inversiones.

– Las empresas distribuidoras y comercializadoras de gas natural y de la energía eléctrica.

– Las organizaciones que gestionan ficheros comunes para evaluar la solvencia patrimonial, de cara al acceso de los clientes al crédito; y comparten estas informaciones con el objetivo de erradicar los fraudes.

– Las empresas que se dedican a cuestiones de marketing y publicitarias.

– Los centros clínicos.

– Las organizaciones que emitan dossiers comerciales acerca de personas físicas y jurídicas.

– Las entidades que se dedican a los juegos de azar.

– Los trabajadores del ámbito de la seguridad privada”.

Otras preocupaciones
Por último, otras de las grandes inquietudes que los empresarios tienen con respecto a su empresa son en relación a la materia laboral -contrataciones de trabajadores, despidos y otras extinciones, jornadas, derechos de los empleados, seguridad social y mutua, etc.-. Los profesionales en el ámbito jurídico son los indicados para resolver estas dudas.

 

 

PRÓXIMOS EVENTOS

marzo 2025
abril 2025
mayo 2025
junio 2025
agosto 2025
¡No hay eventos!
Ver más
Scroll al inicio